Poco que decir en esta foto, si se tratara de un trabajo sería una clara imprudencia temeraria.
Debemos recordar a este respecto que el art. 29 de la Ley de Prevención establece las obligaciones de los trabajadores la de velar por su propia seguridad y la de utilizar correctamente los equipos de trabajo. Ninguna de estas obligaciones o principios se han tenido en cuenta para realizar esta tarea.
No hay comentarios:
Publicar un comentario