Según la Guía
de Lugares de Trabajo, que explica el RD 486/97 sobre disposiciones mínimas de
seguridad y salud en lugares de trabajo, debemos tener:
1
aseo por cada 10 trabajadores.
1
espejo / 25 trabajadores.
1
ducha / 10 trabajadores. (si es necesario cambiarse de ropa).
Inodoros:
1 / 25 hombres y 1/ 15 mujeres.
Habrá
separación de aseos entre hombres y mujeres.
En el número
de trabajadores se considerará a aquellos que finalicen su jornada simultáneamente.
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