lunes, 26 de octubre de 2015

La Foto de la Semana


Como hemos visto en otras Fotos de la Semana, aquí debemos hablar de una imprudencia temeraria del trabajador, que pone en riesgo su integridad física al utilizar elementos inadecuados para realizar su trabajo. En el post de 3 de febrero de 2015, y hablabamos de lo que significa la imprudencia temeraria en nuestra legislación. 

Así pues, este trabajador incumpliría el art. 29 de la Ley de Prevención, al no cumplir varias obligaciones que éste establece:

- No vela por su propia seguridad.
- No utiliza adecuadamente los equipos de trabajo: Uso imprudente de las latas de pintura y mala elección de equipos (pincel pequeño) para realizar la tarea.
- No utiliza equipos de protección de ningún tipo.  

De todos modos no podemos obviar que esta imprudencia se fundamenta en una total falta de medios de trabajo que sirvan para realizar la tarea de forma correcta y segura, (andamios, rodillos con extensor etc.). En numerosas ocasiones los accidentes de trabajo están muy relacionados con la precariedad laboral.

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