En esta foto tenemos una nueva imprudencia habitual. A veces, la concentración de los trabajadores en sus tareas les hace menospreciar los riesgos de su entorno. En este caso, si el trabajador pone en marcha la radial, existen riesgos tanto para él como para el compañero, que se encuentra demasiado cerca y apoyado sobre una superficie inestable.
A este respecto, recordemos lo establecido por el RD 1215/97 de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en su Anexo II.10 establece expresamente:
1. Los equipos de trabajo se instalarán, dispondrán y
utilizarán de modo que se reduzcan los riesgos para los usuarios del
equipo y para los demás trabajadores.
En su montaje se tendrá en cuenta la necesidad de suficiente
espacio libre entre los elementos móviles de los equipos de trabajo y
los elementos fijos o móviles de su entorno y de que puedan
suministrarse o retirarse de manera segura las energías y susta ncias
utilizadas o producidas por el equipo.
10. Los equipos de trabajo llevados o guiados manualmente, cuyo
movimiento pueda suponer un peligro para los trabajadores situados en
sus proximidades, se utilizarán con las debidas precauciones,
respetándose, en todo caso, una distancia de seguridad suficiente. A
tal fin, los trabajadores que los manejen deberán disponer de
condiciones adecuadas de control y visibilidad.
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